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Caso Beatriz Cayún: una condena discriminatoria y sin perspectiva de género

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Beatriz Cayún, mujer mapuche y víctima de violencias desde su infancia, recibió una condena discriminatoria por parte de la justicia de Neuquén: ocho años de prisión efectiva por el incendio de su hogar en San Martín de los Andes. 


El 10 de febrero de 2024 a la madrugada, Beatriz Cayún volvía a su vivienda en Paraje Trompul junto a su pareja y su hijo de 4 años, luego de compartir una reunión en el quincho de la Comunidad Mapuche Cayún. No pudieron dormirse porque algo sacó chispas y su casa empezó a prenderse fuego.

Con desesperación Beatriz y José salieron, pero José volvió a entrar para tratar de apagar el incendio. Cuando Beatriz quiso entrar de nuevo, él la empujó hacia afuera para salvarla y se quedó adentro. Con su casa prendiéndose fuego, Beatriz no supo qué hacer. Cuando los bomberos llegaron encontraron el cuerpo de José calcinado y a Beatriz con gran parte de su cuerpo quemado. 

Esta tragedia, uno de los procesos más resonantes de 2024 en Neuquén, culminó el 9 de diciembre de 2025 en una sentencia que ignoró datos claves de la investigación, tomó con pinzas las condiciones de vulnerabilidad estructural de Beatriz desde su nacimiento y no aplicó protocolos con perspectiva de género, interculturalidad y derechos humanos. Y es que Beatriz fue juzgada a partir de la carátula de “autora penalmente responsable del delito de incendio seguido de muerte en perjuicio de José Emiliano Catricura”, hecho que terminó condenándola a ocho años de prisión efectiva por el incendio de su hogar en San Martín de los Andes. 

“Nosotras sostenemos que Beatriz es inocente”, afirma a Feminacida Silvia Mariela Pereyra, quien está llevando adelante su defensa oficial, en conjunto con María Eugenia Mignon. Las dos abogadas son parte del Ministerio Público de la Defensa. “Solicitamos su absolución o, subsidiariamente, la aplicación de una figura menos gravosa. Nuestro planteo fue extenso y técnico, atacando la teoría fiscal desde la dogmática penal, la valoración de la prueba y la perspectiva de género e interculturalidad”, continúa. 

Fuentes de la causa determinaron que no se hizo una prueba científica de inflamabilidad, ni la pericia de propagación que debería haber realizado la brigada de bomberos. Además, en la inspección se omitió la presencia de una estufa a leña. Ni siquiera se consideró el reingreso de Catricura —con un alto grado de alcoholemia— al interior de la casa y el cierre de la puerta por succión del fuego, en términos de auto exposición al peligro o, al menos, de reducción de imputación.

“La defensa argumentó que José, al ingresar voluntariamente a una casa en llamas, posiblemente para salvar a Beatriz y a su vivienda, asumió un riesgo extraordinario. Esta acción, sumada a su estado de intoxicación alcohólica, configura una ‘autopuesta en peligro imprudente’ que interrumpe el nexo de imputación hacia Beatriz. Por eso, para nosotras, responsabilizar a Beatriz por esta decisión de la víctima violaría el principio de culpabilidad y sería una forma de responsabilidad objetiva prohibida por la ley”, remarca la abogada.

Pese a todos estos argumentos, el tribunal dio por acreditado el hecho acusado por la Fiscalía y descartó los planteos de la defensa. El tribunal usó la figura penal compleja para sostener la intención homicida, conformándose con probar que fue Beatriz quien prendió el fuego, despreocupándose de la subjetividad respecto a la muerte de José.

Algo relevante fue que, en un principio, la fiscalía inició la investigación formulándole cargos a Beatriz por un hecho calificado como homicidio agravado y así lo tramitó durante toda la primera etapa. Eso generó que Beatriz estuviera con medidas cautelares y que durante un tiempo esté con prisión preventiva domiciliaria.

“Eso tuvo impacto también en cuanto a la posibilidad de ver a su hijo, porque como además estaba la posibilidad de que el niño fuera testigo del hecho, se le puso como cautelar no verle y desde entonces ya no pudo verlo por distintos trámites que se están llevando adelante”, afirma Pereyra. Es a partir de esto que “se pidió considerar como atenuante el grave sufrimiento ya padecido por la acusada, la llamada ‘pena natural’, que incluye las quemaduras en más del 35% de su cuerpo, la depresión por la pérdida de su pareja y el ‘padecimiento extraordinario’ por la separación de su hijo”.



Finalmente, el juicio de cesura culminó el 4 de diciembre, donde las defensoras solicitaron que se declarara la inconstitucionalidad de la pena de ocho años, “por resultar gravemente violatoria de principios constitucionales y de derechos humanos, tales como la proporcionalidad, razonabilidad, igualdad y no discriminación”. Mignon y Pereyra instaron a tomar en cuenta las condiciones personales de Beatriz: “Ella es una mujer indígena, madre en situación de pobreza y víctima desde su nacimiento de diversas modalidades de violencia de género, por lo que pedíamos que la sentencia se tomara con perspectiva de género, interculturalidad e interseccionalidad”.

En la audiencia, lamentaron, que “el Poder Judicial no consideró lo que significan el género, la pobreza, la identidad indígena y la exclusión estructural cuando juzgaron a una mujer como Beatriz”.

Esa tarde, el Tribunal Colegiado que integran Maximiliano Bagnat, Federico Sommer y Diego Chavarría Ruiz condenó a Beatriz Cayún a una pena de ocho años de prisión efectiva, por considerarla responsable del incendio seguido de muerte de Catricura, y desestimó el pedido de nueve años de prisión del fiscal jefe del Ministerio Público Fiscal, Gastón Avila, que iba por el agravamiento de la condena pese a reconocer la situación de vulnerabilidad extrema de la joven y aceptar que se modificara la acusación original de “homicidio doblemente agravado (por el vínculo y por el medio empleado)”, precisamente porque la carátula de homicidio era insostenible.

“Nosotros vamos a presentar la impugnación de esa sentencia“ afirma Pereyra, explicando cuáles van a ser los próximos pasos en el juicio: “Probablemente la audiencia de impugnación se realice en el mes de febrero y sabemos que hay instituciones de derechos humanos e indígenas que están evaluando presentarse como amicus curiae“.



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