¿Qué significa ser madre por subrogación?

Por Micaela Arbio GrattoneEn Actualidad
¿Qué significa ser madre por subrogación?

¿Qué significa ser madre por subrogación de vientre? La pregunta está presente en boca de los feminismos desde hace algunas semanas. Nos toca una tarea nueva: pensar si las tecnologías reproductivas y la expansión de las prácticas que vienen a contrarrestar las complejidades que estamos teniendo en materia de fertilidad nos van a convertir en mera mercancía o pueden, de alguna forma, funcionar a nuestro favor.

El debate se reavivó a partir del caso de Lady Gaga, a quien se la vio caminando por la calle con un bebé en brazos, y el de Lena Dunham, quien comunicó en una nota en la revista Vogue la noticia. Pero en el llano, lejos de los posicionamientos tajantes y bien cerrados que circulan en redes sociales y en los medios de comunicación, las feministas estamos atravesando esta discusión hace tiempo y con otros matices. 

En Argentina, la pregunta por quién es la madre tiene una respuesta legal que no deja margen: es quien pare, según el artículo 562 del Código Civil y Comercial. El anteproyecto de ese Código, sancionado en 2015, incluía un apartado que regulaba la gestación por sustitución que finalmente fue eliminado del texto. Desde entonces, la práctica no está prohibida ni regulada, y durante años avanzó a fuerza de fallos judiciales. En octubre de 2024, la Corte Suprema se pronunció por primera vez sobre el tema, en la causa de un matrimonio de dos varones que buscaba ser reconocido como único progenitor de su hijo. El máximo Tribunal ratificó que la madre es la mujer que parió, aunque ella misma respaldaba el pedido, rechazó la inconstitucionalidad del artículo 562 e instó al Congreso a legislar. Hasta mediados de 2024, en la Ciudad de Buenos Aires había un atajo. Si todas las partes firmaban un consentimiento ante escribano, el Registro Civil anotaba al bebé directamente a nombre de quienes lo iban a criar, sin pasar por un juzgado. En julio de ese año, el Registro eliminó esa posibilidad, y el fallo de la Corte terminó de cerrar el camino. Hoy, para que una familia que recurrió a la subrogación sea reconocida como tal, la gestante figura primero como madre y después alguien tiene que adoptar legalmente a ese bebé.

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Lo que no se prohíbe ni se regula habita en un gris. En ese gris, al amparo del artículo 19 de la Constitución Nacional, que establece que nadie puede ser privado de lo que la ley no prohíbe, la gestación por sustitución sucede. Hoy en la Argentina hay mujeres que gestan para otras personas y hay quienes buscan una gestante para formar su familia. No son casos aislados ni historias de ficción: hay clínicas de fertilidad que explican el tratamiento en sus sitios web y realizan un exhaustivo proceso de selección, abogadas y abogados que acompañan los procesos legales y familias que concretan su búsqueda y cuentan su experiencia en redes sociales. Pero el gris tiene dos caras. Según un relevamiento de las abogadas Marisa Herrera y Natalia de la Torre en 2020, sobre 47 casos que llegaron a la Justicia, en 3 de cada 4 la gestante era una hermana, una cuñada, una prima o una amiga íntima. En la otra esquina, en 2024 la Policía Federal y la Justicia penal desarticuló organizaciones que captaban a mujeres en situación de vulnerabilidad económica y las investigaron por trata con fines de explotación reproductiva. Entre esos dos extremos, el avance de la ciencia abre un mundo de posibilidades y, con él, preguntas que todavía no tienen una sola respuesta.

Dentro de los feminismos, la discusión se organiza, a grandes rasgos, en torno a dos posiciones. Por un lado está la abolicionista, que entiende que la subrogación convierte la capacidad reproductiva de las mujeres en un servicio y a los bebés en un producto. En esa postura también se visibiliza un situación clara: personas con más recursos pagan para usar, durante nueve meses, el cuerpo de mujeres que tienen menos. Ahí, la pregunta por el consentimiento queda atada a otra: ¿cuán libre es la decisión de una mujer que necesita el dinero? Del lado opuesto están las posturas más regulacionistas, que parten del derecho de cada mujer a decidir sobre su cuerpo. Sostienen que la prohibición no elimina la práctica, sino que la empuja a la clandestinidad, donde las gestantes quedan todavía más desprotegidas. Los organismos internacionales tampoco cierran el debate. En 2024, la Unión Europea incorporó la explotación de la subrogación a su normativa contra la trata, aunque sin declarar que toda gestación por sustitución lo sea. Un año después, la Federación Internacional de Ginecología y Obstetricia (FIGO) desaconsejó la subrogación tradicional, en la que la gestante aporta su propio óvulo, pero no propuso prohibir la gestacional, que es la más extendida, donde el embrión se forma con el óvulo de la futura madre o de una donante, de modo que quien gesta no tiene vínculo genético con el bebé.

“Mi cuerpo, mi decisión”, la consigna que levantamos como bandera durante la marea verde, la usan las dos posturas. Quienes se encolumnan con el abolicionismo la invocan para rechazar la mercantilización, problematizando sus límites. Quienes bregan por una regulación, la usan para defender la autonomía de la gestante. Pero esa consigna nació para defender el derecho a no gestar, y se tensiona cuando se trata de gestar para otras personas. Para el abolicionismo, la libertad de decidir pierde sentido cuando lo que empuja la decisión es la necesidad económica. Un contrato –idealmente– que fija durante nueve meses qué puede comer una mujer, cómo debe cuidarse y a quién debe entregar al bebé se parece más a una cesión del cuerpo que a un ejercicio de autonomía. Para el regulacionismo, en cambio, desconfiar de lo que eligen las mujeres pobres reproduce el mismo paternalismo que se usó para negarnos el aborto: decidir por ellas en nombre de su protección. 

Muchas estamos en el medio, con posturas menos nítidas en el plano de las ideas, que se empantanan apenas se enfrentan la realidad. En la causa que llegó a la Corte Suprema en 2015, la gestante no reclamaba ningún vínculo con el bebé. Al contrario, respaldaba el pedido de la pareja de dos varones que quería ser reconocida como su única familia. Aun así, el máximo tribunal ratificó que ella era la madre. ¿Qué queda del “mi cuerpo, mi decisión” cuando la ley le asigna a una mujer una maternidad que no eligió y vulnera la voluntad procreacional? El caso de Córdoba tensiona, pero del otro lado. En 2025, la Justicia declaró en situación de adoptabilidad a un bebé que nació prematuro y con problemas respiratorios. Dado a estos problemas, la familia que era francesa, que nunca viajó al país, había desistido de su voluntad procreacional por correo electrónico. La gestante, que no tenía intención ni recursos para criarlo, pidió que fuera dado en adopción. Cuando el deseo de quien había encargado el embarazo se retiró, nadie quedó obligado a hacerse cargo. 

Y entre esos dos extremos aparecen otras historias. Diego Topa fue padre de Mitai en 2020 mediante este método en Estados Unidos. Lena Dunham relató públicamente cómo la endometriosis y una histerectomía le cerraron la posibilidad de gestar. Para muchas parejas de varones y para muchas mujeres que no pueden llevar adelante un embarazo, la subrogación es el único camino hacia un hijo con vínculo genético. Y ahí otras preguntas que nos toca responder: ¿es la maternidad/paternidad un derecho? ¿Qué hacemos con los problemas de fertilidad que atraviesa esta sociedad? ¿Hasta dónde se puede avanzar en materia de reproducción? No tengo respuestas; solo preguntas, como tantas de nosotras. 

Antes de que existiera un mercado, la ciencia se propuso resolver un problema concreto: la imposibilidad de gestar. En 1978 nació en Inglaterra Louise Brown, la primera persona concebida por fertilización in vitro, y desde entonces las técnicas de reproducción asistida no dejaron de ampliarse. En Argentina, la Ley 26.862, sancionada en 2013, reconoció el acceso integral a esos tratamientos como un derecho y obligó a obras sociales y prepagas a cubrirlos, sin importar la orientación sexual ni el estado civil de quien los solicita. Estas técnicas nacieron para responder a causas médicas. Pero hoy, cada vez más personas llegan a ellas por razones sociales. Postergamos la maternidad para alcanzar cierta estabilidad económica, terminar una carrera o llegar a un cargo, y con los años crecen las dificultades para concebir. Los casos más visibles, como los de las parejas de varones, son apenas una parte del universo, y prohibir tiene efectos mucho más amplios de lo que parece. Por otro lado, y a unos días del Día Internacional de Concienciación sobre la Muerte Gestacional, Perinatal y Neonatal, me parece importante remarcar el dolor y la culpa que genera la imposibilidad de ser madres para muchas mujeres. Un dolor válido, como tantos otros que no andamos señalando con el dedo como incorrecto. Sin embargo, sostengo ¿cuál es el límite? ¿Quién lo pone? 

Pero siempre hay que complejizar el problema y un caso que lo puso bastante sobre la mesa es el que contó Marley. ¿Se acuerdan? En mayo de 2025, en una entrevista con la revista Caras, el conductor reconstruyó el nacimiento de su hija Milenka, ocurrido en diciembre de 2024 en un hospital de Dallas. El trabajo de parto se complicó y el equipo médico propuso usar una ventosa para acelerarlo. Él se negó porque quería que su hija naciera de forma natural. Según La Capital, pasó cerca de una hora y media hasta que el médico finalmente usó el dispositivo. En toda la anécdota hay una ausencia notoria: Kassandra, la mujer que estaba pariendo. La decisión sobre una intervención médica en su cuerpo, en el momento de mayor riesgo del embarazo, aparece en boca del hombre que lo había encargado. Las redes reaccionaron de inmediato, y muchas de nosotras vinculamos la escena con El cuento de la criada. Marley salió a responder las críticas, pero la pregunta quedó flotando: si quien paga se siente con derecho a decidir cómo pare una mujer, ¿dónde están los derechos de quién gesta?

También está el caso de la cantante Meghan Trainor cuando posó con su nueva hija por gestación subrogada como si hubiera sido un parto natural propio. Una escena que genera escalofríos y bastante rechazo. Al menos, para mí. Porque, además, refuerza esta idea de que la cuestión no solo está en ser madre sino en que todo parezca tan biológico y natural como sea posible. 

Desde los feminismos llegamos tarde a esta discusión y el mercado ya avanzó. Según la consultora Global Market Insights, el negocio global de la subrogación movió unos US$14.000 millones en 2022 y podría multiplicarse casi por diez en la próxima década. Los precios dibujan su propio mapa. En Estados Unidos, un proceso puede costar entre US$150.000 y US$250.000. En Ucrania, antes de la guerra, rondaba los US$50.000. Cada vez que un país cierra la puerta o se vuelve inseguro, la demanda suele desplazarse hacia otro donde el trabajo reproductivo de las mujeres es más barato. Argentina no quedó fuera de ese mapa. En la causa federal abierta en 2024, la Justicia investiga un esquema en el que parejas extranjeras pagaban unos US$50.000, mientras que las gestantes, captadas por redes sociales, recibían alrededor de US$10.000. Es decir, una quinta parte.

Ante ese escenario, en 2025 Reem Alsalem, relatora especial de Naciones Unidas sobre la violencia contra las mujeres y las niñas, pidió a la comunidad internacional un marco jurídico vinculante para prohibir la subrogación. También advirtió sobre contratos que restringen la libertad de las gestantes. La pregunta, entonces, no es solo si la maternidad es un derecho, sino quién paga el precio para que otras personas puedan ejercerla.

Les advierto: me voy a poner un poco oscura. Si tener un hijo se vuelve algo que se adquiere, ¿quién controla a quienes compran? ¿Qué hace con ellos? ¿Cuál es el límite de esta práctica? Cuando alguien quiere adoptar, el Estado lo evalúa: lo entrevista, revisa su historia y analiza si puede cuidar a una niña o a un niño. En el mercado de la subrogación completamente desregulada, en cambio, el filtro suele ser otro. En 2014 se conoció en Tailandia el caso de Mitsutoki Shigeta, un empresario japonés que había tenido 16 hijos con gestantes tailandesas y que quedaban al cuidado de una niñera las 24hs. El escándalo, que la prensa bautizó como “la fábrica de bebés”, llevó al país a prohibir la subrogación comercial para extranjeros. En 2025, Un tribunal en Bangkok, Tailandia, le concedió a un acaudalado japonés los derechos de paternidad de 13 niños nacidos de vientres de alquiler en dicho país.

En 2019, The New York Times reveló que Jeffrey Epstein, condenado por delitos sexuales contra una menor y acusado de tráfico sexual de adolescentes, había fantaseado con embarazar a mujeres en su rancho de Nuevo México para “sembrar” la humanidad con su ADN. No hay pruebas de que ese plan se concretara ni de que tuviera relación con la subrogación. Pero la fantasía dice mucho: para un hombre con poder y dinero, los cuerpos de mujeres y niñas eran un recurso disponible. Ningún mercado nace con límites éticos, sino que se los imponen las leyes y las sociedades. Y mientras esos límites no existan, los va a fijar quien pueda pagar.

Silvia Federici condensó en una frase una de las ideas más potentes del feminismo: “Eso que llaman amor es trabajo no pago”. La gestación por sustitución es, quizás, ¿la primera vez que el trabajo reproductivo se nombra y se paga? Pero se paga en un mercado donde,, por el momento el precio lo fija la desigualdad y donde, en muchos casos, quienes gestan son mujeres con menos recursos. Me tomo el atrevimiento de sublimar estas ideas, aunque estoy segura de que a Federici no le va a gustar mucho.  

Durante décadas, los feminismos trabajamos para separar la maternidad del destino biológico. Dijimos que no todas las mujeres quieren ser madres, que “la maternidad será deseada o no será” y que gestar no nos convierte automáticamente en madres. Así, la subrogación pone a competir tres maneras de definir la maternidad: la genética, la gestacional y la voluntad. La gestación por sustitución o el alquiler de vientre que se practica hace bastante tiempo, además, permite conservar el vínculo genético con quienes pagan. Por eso, hoy desde la bioética se exige que la gestante no aporte su óvulo, para que no pueda reclamar al bebé como propio. Mientras desde los feminismos decimos que la maternidad es deseo y no biología, actualmente el mercado cobra, justamente, por garantizarla. 

La ciencia tampoco simplifica el panorama. Durante el embarazo, las células del feto atraviesan la placenta y pueden permanecer en el cuerpo de quien gestó durante largo rato un fenómeno conocido como microquimerismo fetal. Ocurre de forma bidireccional: las células fetales pasan a la madre (microquimerismo fetal), y células maternas también pueden pasar al feto (microquimerismo materno). También se ha demostrado que puede haber ADN fetal. Además, desde la epigenética hay bastante evidencia que demuestra que el ambiente uterino influye en cómo se expresan los genes del bebé. Ese entorno del útero no altera la secuencia original del ADN que el bebé hereda, sino que actúa como un sistema de “interruptores” que decide qué genes se encienden (se expresan) y cuáles se apagan (se silencian). Entonces, la idea de que la gestante solo “presta” su cuerpo, sin dejar ni llevarse nada, tiene menos sustento de lo que parece. Entonces, ¿cómo dejar librado a que esta etapa esté mediada solo en un contrato entre privados?

Si algo dejan en claro estos casos, es que el silencio legal no protege a nadie, y menos a las gestantes. La pregunta para los feminismos quizás no sea solo si regular o prohibir, sino desde dónde hacerlo. En Argentina, en los últimos 15 años hubo al menos 21 proyectos presentados sobre este tema. Es decir, hay para todos los colores, gustos y lecturas. Lo que no tengo dudas es de que una regulación con perspectiva de género tendría que poner en el centro a quien gesta. Ningún contrato debería decidir pasar por encima de su capacidad de decidir sobre su cuerpo, ni durante el embarazo ni en el parto. La gestante tendría que conservar intactos sus derechos sexuales y reproductivos y contar con acompañamiento psicológico antes y después del proceso. Además, de mínima, no debería haber terceros que puedan lucrar indiscriminadamente con la intermediación, así como la Ley de fertilización asistida impuso límites y formas de garantizar técnicas de reproducción, los límites para la subrogación parecen más urgentes de lo que se piensa. 

La pregunta con la que empezamos seguirá abierta. ¿Qué significa ser madre por subrogación? La ley argentina dice una cosa; el mercado, otra; y los feminismos todavía estamos discutiendo nuestra definición, que dudo sea absoluta en algún momento. La tecnología ya permite separar el deseo, la gestación, la voluntad y la crianza. ¿Esa separación va a funcionar a nuestro favor o, una vez más, vamos a ser nosotras las que solo pongamos el cuerpo?

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